viernes, 23 de enero de 2015

Ética y deontología de la información

Estoy completamente de acuerdo con la frase de Elías Díaz, de su texto Estado de derecho y sociedad democrática que dice, que no todo Estado es Estado de derecho. Esto se ha venido cumpliendo a lo largo de toda la historia en estados más o menos absolutistas en el que no se respeta al hombre y a la mujer ni a sus derechos fundamentales, como es el caso del actual.
Las éticas profesionales tienen mucho que decir en lo que se refiere a la política, contribuyendo a la democracia del estado de derecho.
Normativamente la sujeción a las normas que tiene que cumplir el individuo tiene un orden de cumplimiento, primero la ética pública regida por el derecho positivo y su proyección en las normas y leyes jurídicas. Después la ética profesional o ética aplicada en los  códigos deontológicos  y por último las éticas privadas, ya sean religiosas o filosóficas (ideológicas laicas). Esto hace de puente entre el yo ciudadano, el yo profesional, y el yo individual. Y aunque una ética privada tenga como fin el bien común o la felicidad del individuo a través del cumplimiento de una serie de preceptos religiosos que eleven la moral del individuo a la categoría de pureza o bondad, nunca se podrán imponer como éticas publicas por la fuerza, como era el caso de los estados absolutistas en los que no existía diferenciación entre iglesia y estado, entre ética privada regida por la ley natural de Dios y ética pública, regida por el derecho positivo, mas legitimado por ser una ética aprobada por un colectivo representativo de la mayoría de entidades políticas elegidas por sufragio universal  en parlamento o asamblea constituyente y defender los preceptos del Estado de derecho, con todas sus facetas.
En los estados absolutistas no existía una ética pública pero si una ética privada religiosa que se imponía por la fuerza a todos los individuos del estado, (véase la Inquisición) y no existía una ética pública con un derecho que defendiera a los individuos que no poseyeran estas creencias con lo que estaban completamente desamparados.
En la profesión de político las éticas profesionales y los códigos deontológicos tienen mucho que decir pues tienen gran importancia para el cumplimiento del estado de derecho y la existencia de una ética intermedia profesional propia del partido al que se pertenece, que se hiciera valer después del derecho de acuerdo a una moral, haría cumplir las leyes y normas del derecho por encima de la ética individual del sujeto y antepondría tanto el derecho, como la ética profesional y el cumplimiento de unos objetivos sociales, culturales y socioeconómicos que tuvieran como fin   un estado de bienestar y la defensa de unos derechos fundamentales, anteponiéndolos al ánimo de lucro privado.
Esto, en el Partido Popular desde su dirección hasta el militante más básico parece que carecen de ello. No solo porque infringen las leyes y eso supone unas implicaciones judiciales, imputaciones y condenas, sino porque el propio partido los defiende a ultranza a los mismo condenados por la justicia y no les obliga a dimitir de sus cargos públicos, más cuando es escandalosamente evidente que debe hacerse, aludiendo ignorancia de las normas y leyes vigentes a pesar que dichos ministros, alcaldes, concejales y presidentes de comunidades autónomas  disponen de la mayor cantidad de asesores políticos judiciales y técnicos de la democracia, puestos a dedo en cargos públicos, en todas y cada una de aquellas instituciones donde han trabajado, y en última instancia no les echan de su partido sino que les invitan a que de motu proprio, es decir, de propia, libre y espontanea voluntad, se vayan. Volviendo a poner en los cargos vacantes otros implicados e imputados en la misma causa. Esto no es ni legal, ni ético, ni moral.
La moral personal y privada no bastan sino que la moral debe socializarse. La política ha de unirse a la ética. La política moral como dicen Aranguren y Kant es el fin que debemos desear para la política. Se puede concebir un político moral, pero no un moralista político que se forje una moral útil a las conveniencias del hombre de Estado. La política es moralmente legítima como sujeto de la moral, nunca como atributo que la determina para ponerla a su servicio. La política debe aspirar a ser moral, y la moral no debe condescender ante los condicionantes de la política. Se rechaza la política maniobrera de la moral a favor de una política servidora de ideales y principios morales. Una política moral.
¿Cómo puede el estado impregnarse de moral?, con un proceso de moralización  de abajo a arriba de los individuos y los grupos sociales haciendo del individuo un ciudadano cuya misión sea racionalizar el Estado transformando la sociedad por la fuerza de revoluciones grupales, sin aparatos coactivos. Esto es la ética de la alteridad de Aranguren. Es imposible porque el estado es fenómeno originario pero pienso que las revoluciones sociales, pueden hacerlo cambiar.
El profesional de la documentación, cumpliendo una ética profesional impuesta por un código deontológico también tiene un fin social y puede hacer cambiar la sociedad, haciendo valer los derechos fundamentales del individuo, de consecución de la información, democracia, libertad y justicia social, tratando a todos los usuarios con igualdad, fraternidad y tolerancia y permitiendo el acceso de la cultura a todos ellos para que no existan desigualdades en las clases sociales y consigan una educación de calidad independientemente del poder económico que estos tengan consiguiendo una sociedad más justa haciendo que todo ciudadano sea cual sea su origen pueda desempeñar cualquier profesión en la sociedad sin existir castas inaccesibles.
Existen problemas éticos que pueden existir en el desempeño de la profesión del profesional bibliotecario o documentalista, un ejemplo:
Un profesional de bibliotecas trabaja en un centro de documentación sanitaria tiene un día una petición de información por parte de una usuaria. La usuaria víctima de una violación, quiere abortar y ya ha recorrido varios centros sin que nadie quiera practicarle un aborto,  tiene 16 años y sus padres se negarían al mismo, por lo tanto no quiere, informarles y le pide al profesional como último recurso, que le informe de un centro donde se practique el aborto, sin que puedan alegarle objeción de conciencia, impidiéndole su derecho al mismo. El propio profesional de la biblioteca es militante del PP ultra católico y  contrario al aborto.
¿Debería informar a la usuaria, haciendo cumplir la ley de derecho a la información de la misma, la ley de derecho al aborto de la mujer, el código deontológico que le obliga a anteponer los derechos de la mujer y que le obliga como profesional  a informarla o hacer valer su objeción de conciencia ante un problema de ética privada, personal, que se le plantea?
1)      Debe hacer cumplir la ley, y la ley dice que la mujer tiene derecho al aborto, y derecho a esa información, y no se le está pidiendo que sea el que practique el aborto, sino simplemente que la informe.
2)      El código deontológico dice que la debe de informar independientemente de su ideología (contraria a la suya) Haciendo valer los derechos fundamentales de la mujer protegidos por esa ley que aun sigue en vigor, (muy a su pesar). También dice que el deber del centro de información sanitaria es promover la salud tanto física como psicológica de la mujer  y el derecho a la sanidad pública y gratuita de los asistentes  al centro.
3)      No puede imponerle por la fuerza su ética religiosa privada, que es muy diferente de la ética pública existente cuyo derecho positivo defiende a la mujer primordialmente ante la ley que le rige a él que es la ley de Dios. Y con su objeción de conciencia, se la estaría imponiendo.

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